Modalidad. Mediante una solicitud a la empresa donde labora puede indicar el banco o la caja a la que desea trasladar su CTS.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un fondo casi intocable para muchos trabajadores que gozan de este beneficio, pues podrán disponer de éste cuando dejen de laborar en una empresa o cuando tengan depositados 6 sueldos acumulados más un excedente en su cuenta de CTS, por lo que se debe considerar obtener una mayor rentabilidad a largo plazo del dinero ahorrado.
Tenga en cuenta que los bancos pagan en promedio 4,32% al año y las cajas un 7,46%. Por lo que si este panorama le parece atractivo y se pregunta ¿cuál es el procedimiento para realizar el cambio de su CTS a otra entidad?, aquí la respuesta.
Según el laboralista Javier Mujica, para su traslado debe presentar una solicitud a su empleador y adjuntar la copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI).
En la solicitud hay que indicar la entidad donde desea que cambien el fondo de su CTS y el tipo de moneda (soles o dólares). Desde la entrega de la solicitud, su empleador tiene ocho días hábiles para cursar la misma al banco depositario y luego tiene otros 15 días hábiles para efectuar la transferencia
En caso de existir una demora del banco en cumplir con el traslado en un plazo de 15 días, será sancionado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Casi inaccesible
Recuerde que no todos pueden gozar de su CTS ya que deben tener seis sueldos acumulados más un excedente en su cuenta.
A medida de ejemplo, si su remuneración es de S/. 1.000 al mes, deberá tener al menos S/.6.000 en su cuenta de CTS, más una cantidad extra para poder hacer el retiro.
Si ha logrado acumular S/.7.000, podrá sacar el 70% de los S/. 1.000 extra con los que cuenta; es decir, S/. 700 es el dinero que tendrá disponible.
Las empresas deben realizar dos depósitos de CTS al año como máximo en los primeros 15 días de mayo y noviembre.
Según la Ley General de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo, la empresa cometería una falta grave si no deposita íntegra y oportunamente la CTS, pudiendo ser multada hasta con un máximo de S/. 37.000.
En caso de cese del trabajador, quien laboró menos de seis meses, su CTS será pagada directamente por el empleador dentro de las 48 horas de producido el cese laboral.
Cajas reducen tasas de interés
En los últimos dos años, las cajas rurales y municipales redujeron en promedio sus tasas de interés de depósitos de CTS en 1,5% anual.
Por ejemplo, con un saldo promedio de S/. 2.000, la Caja Arequipa ofrecía una tasa de interés de 7% en octubre del 2013, pero ahora bajó a 6,25%. Si su depósito fuese en dólares, la tasa pasó de 2,75% a 2,00%.
En tanto, la Caja del Santa bajó su tasa de interés en soles de 6,75% a 6%.
Fuente: Diario La República Pág.: 14
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