Empresas que no Consignen número Telefónico de su contador son pasibles de multa

febrero 05, 2016
Un aspecto importante para tener en cuenta es la postura tomada por el Tribunal Fiscal en la  RTF 13004-1-2009, la cual confirma la Resolución de Intendencia N° 026 - 014.0025955/SUNAT, que considera pasible de multa a una empresa por el hecho de no consignar  el número telefónico de su Contador, acreditándose así la comisión de la infracción prevista en el numeral 5 del artículo 177° del Código Tributario, el mismo que prescribe lo siguiente:  

Artículo 177º .- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA (..,) 5 No proporcionar la información o documentos que sean requeridos por la Administración sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relación o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria.

A continuación extracto de la resolución 

Descargar Resolución Completa:
 http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2009/1/2009_1_13004.pdf

Share this

Related Posts

Previous
Next Post »